En la actualidad, según los cálculos de Grupo Mutua Propietarios, el mercado real de aseguramiento de alquiler afecta a unas 330.000 viviendas. Una cifra que supone entre 100 y 150 millones de euros en primas al año, lo que quiere decir que este seguro todavía tiene mucho recorrido, ya que, según los datos del INE, en España hay en estos momentos alrededor de 3,3 millones de alquileres, por lo que el potencial de penetración del producto estaría alrededor del 90%.
También hay que tener en cuenta que España es el mercado europeo con mayor exposición a los riesgos inmobiliarios, ya que los españoles acumulan el 75% de su ahorro vital en vivienda. Además, en este contexto, hay que recordar que la entrada en vigor de la Ley de Vivienda se produjo en 2023.
Nueva Ley de Vivienda
Ramón Gómez, director Comercial ad Interim de onLygal, habla del impacto de la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda en el seguro de Impago de Alquiler. Comenta que, “por un lado, asistimos a la contracción de la oferta de vivienda en alquiler, motivada por la inseguridad generada en los propietarios, disminuyendo incluso la rotación de las que ya estaban en el mercado. Esto conlleva un menor volumen de operaciones”. Por otro, continúa, “tanto el aumento del tiempo y los costes procesales de un desahucio, han llevado al conjunto del sector a acometer una serie de cambios en el seguro de Impago de Alquiler con la finalidad de adaptarlo a la nueva regulación”.
Ramón Gómez (onLygal): “Hemos tenido que adaptarnos a la redefinición de la figura del gran tenedor, reformulando tanto el producto como el servicio”
En el caso de onLygal, afirma Gómez, “hemos logrado una adaptación total a esta nuevo normativa con gran agilidad”. Entre los principales cambios, destaca “el incremento de 18 a 24 meses del tiempo máximo asegurable de la cobertura de rentas impagadas o la inclusión de nuevas opciones de contratación del seguro sin franquicia, con lo que lo que el propietario puede ser indemnizado desde el primer mes de impago. Además, hemos tenido que adaptarnos a la redefinición de la figura del gran tenedor, reformulando tanto el producto como el servicio (tramitación de los siniestros…). En definitiva, el sector ha tenido que adaptarse para poder ofrecer garantías que cubran los nuevos y crecientes riesgos que implica el alquiler”.
Por su parte, César Crespo, subdirector general de Negocio Mediado de Mutua Propietarios, también considera que “la nueva Ley de Vivienda ha tenido importantes implicaciones en el riesgo objetivo que afrontan los propietarios de viviendas alquiladas. Para empezar, hay que diferenciar entre Grandes Tenedores y resto de propietarios”.
César Crespo (Mutua Propietarios): “La nueva Ley de Vivienda tiene importantes implicaciones en el riesgo objetivo que afrontan los propietarios de viviendas alquiladas”
Explica que “los Grandes Tenedores están ahora obligados a: demostrar que el inquilino es o no, vulnerable, para que sea aceptada su demanda de recuperación de la vivienda. Esta declaración de vulnerabilidad debe provenir de un organismo público autonómico y puede demorarse hasta 2 meses; una vez presentada la demanda, si el inquilino es vulnerable, es imperativo que propietario e inquilino pasen por un proceso de conciliación bajo una autoridad pública. Este proceso también tiene un margen de 2 meses de tiempo para tratar de favorecer un acuerdo entre las partes; y si no se llega a un acuerdo y el inquilino era vulnerable, si el juez constata el derecho del propietario a recuperar la vivienda, antes de proceder a decretar el lanzamiento debe dar entrada a Servicios Sociales que tienen un tiempo de hasta 4 meses si el propietario es persona jurídica, 2 meses si es persona física, para tratar de encontrar una solución habitacional social para el inquilino moroso (antes de la entrada en vigor de la nueva ley eran 3 y 1 mes respectivamente). Por tanto, en caso de Gran Tenedor los plazos para el desahucio se pueden incrementar hasta en 5 meses (2 de declaración de vulnerabilidad, 2 de conciliación y 1 adicional de SS), respecto a la ley anterior.
En el caso del Pequeño Tenedor, Crespo indica que “lo primero es que ha de demostrar que no es Gran Tenedor con las notas registrales que así lo atestigüen. Eso ya es un gasto y un tiempo de pérdidas adicionales a las que sufría antes (y que están cubiertas en nuestro nuevo producto tras la nueva ley). Igualmente, el periodo para el trabajo de Servicios Sociales también se incrementa un mes para personas físicas y jurídicas en casos de inquilinos vulnerables. Por tanto, en todos los casos, los propietarios ven incrementarse sus pérdidas esperadas en caso de impago con lo que la solución mitigadora del Seguro de Impago de Rentas de Alquiler de Grupo Mutua Propietarios se puede decir que es más útil y necesaria que nunca”.
Ramo en auge
Sobre la evolución del seguro de Impago de Alquiler, Ramón Gómez (onLygal), manifiesta que “pese a todos los cambios legislativos y sus efectos en la oferta, en onLygal hemos experimentado un crecimiento en este ramo. En parte, ligado al incremento de los precios, la incorporación de nuevos clientes (grandes tenedores), y la buena evolución del segmento de locales. En locales, hemos crecido por encima del 70%, ya que, como en el caso de vivienda, los propietarios están descubriendo el producto y la necesidad de estos de asegurar sus propiedades continúa al alza”.
César Crespo (Mutua Propietarios) destaca que “este año, como en los últimos 8, el Grupo ha vuelto a crecer por encima del 20% en primas en Impago de Alquiler, con una estrategia basada en 3 pilares”.
En primer lugar, explica que “la omnicanalidad que permite que la contratación se pueda realizar por cualquier canal, tanto en directos como a través de mediador, con lo que las facilidades de contacto al asegurado son máximas”. En segundo lugar, “la capilaridad, gracias a una red de Asesores de Negocio que llegan a cualquier ciudad de España y pueden trasladar nuestra propuesta de valor a todo tipo de agencias inmobiliarias y mediadores profesionales de seguros en cualquier rincón del país”. Y finalmente, “la tecnología. Desde 2022, en Grupo Mutua Propietarios venimos trabajando con un sistema de análisis del riesgo del inquilino que no precisa la manipulación de los documentos proporcionados por él, con lo que la respuesta a la solicitud de contratación es inmediata facilitando y acortando así enormemente el proceso de arrendamiento entre propietario e inquilino”.
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